domingo, 21 de marzo de 2021

Aviso a Navegantes,... a plagiadores, a piratas y a usurpadores de autorías,...

 Tribunal de Justicia de la Unión Europea

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha avalado que, para insertar una obra ajena en la web de un tercero, es necesaria autorización del autor si este dejó claro que su uso era restringido.

Así lo ha apuntado en la sentencia de 9 de Marzo de 2021 (asunto C-392/19).

En ella, la justicia europea ha considerado que eludir las medidas de protección contra el framing (la práctica de visualizar dentro de una web el contenido procedente de otra ) adoptadas o impuestas por el autor vulnera sus derechos, ya que se entiende que hay una puesta a disposición a un público nuevo. Por tanto, para hacerlo, el tercero debe pedir autorización

Es de Justicia.

Próximamente publicaremos la Lista Negra de los que se apropian de NUESTRO trabajo de investigación,... e incluso algunos cobran por ello,...

El Diccionario de la R.A.E. define claramente estos tres conceptos: 

1) el «pirateo»  como:

«Cometer acciones delictivas contra la propiedad, como hacer ediciones sin permiso del autor o propietario,...»

2) el «plagio» como:

«Copiar en lo sustancial obras ajenas, dándolas como propias»

3) y la «usurpación» como:

«Apoderarse de una propiedad o de un derecho que legítimamente pertenece a otro,...»


No hay comentarios:

Publicar un comentario